Elementos de
Sujeto Activo: es el acreedor de la obligación tributaria y a quien tiene el derecho de exigir el pago del tributo. Esta figura recae normalmente sobre el Estado (Nación, Estados o Municipios), sin embargo, la ley puede atribuir la calidad de sujeto activo a otros entes u organismos públicos.
Sujeto Pasivo: es la persona titular de obligación, es decir, es el encargado de cumplir con el objeto de la prestación. Los sujetos pasivos pueden ser los contribuyentes o los responsables.
Hecho Imponible: es el presupuesto establecido por la ley para tipificar el tributo; es decir, es el que genera la obligación tributaria.
Base Imponible: es aquella magnitud sobre la que se aplica la tarifa.
Materia Imponible: es el elemento económico sobra el cual recae el impuesto.
Exenciones: es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria, esta es otorgada por la ley. Son permanentes, ejemplo ley ISLR
Exoneraciones: es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria concedida por ejecutivo. Son temporales.
Modos de Extinción de las Obligaciones Tributarias
Según el Art. 39 del C.O.T.:
Las obligaciones tributaria se extingue por los siguientes medios comunes: pago, compensaciones, confusión, remisión y declaratoria de incobrabilidad.
El Pago: es la entrega de la prestación debida por parte del sujeto pasivo a su acreedor. El pago debe efectuarse en el lugar y la forma que indique la ley o en su defecto la reglamentación. (Art.
Declaración de Incobrabilidad: son aquellas ocasiones en que la administración tributaria declara incobrable las prestaciones tributarias siempre y cuando se siga el procedimiento pautado en el Art. 208 del C.O.T.
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